Como Asentar Razón en los juzgados.
Asentamiento de Razón Judicial
Formato Procesal | CDMX | Actualización 2026
CONTENIDO
I. Uso y Aplicación del Formato
Este formato es esencial para dejar constancia de actos procesales específicos, como la recepción de documentos, la devolución de garantías o la notificación personal dentro del local del juzgado.
II. Formato: ASENTAR RAZÓN JUDICIAL
ASENTAR RAZÓN JUDICIAL
En la Ciudad de México, siendo las 11 horas con 45 minutos del día 30 de enero del año 2026, se constituye en el local del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Proceso Escrito, el/la C. LIC. RODRIGO GALVÁN SOTO, autorizado por la parte Demandada en la foja número 152 y quien se identifica con credencial para votar con clave de elector GLSTSR85012015H900, expedida a su favor por el Instituto Nacional Electoral, y quien en este acto RECIBE EL BILLETE DE DEPÓSITO NÚMERO N-554432 POR CONCEPTO DE GARANTÍA, tal y como se encuentra ordenado en el auto de fecha 20 de enero de 2026, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Doy fe.
FIRMA EL COMPARECIENTE
LIC. RODRIGO GALVÁN SOTO
ANTE MÍ
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS
(NOMBRE Y FIRMA)
III. Análisis de Vigencia Normativa (2026)
Con la plena implementación de las reformas procesales, este tipo de actos se rigen por:
Vigente (Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares)
Este nuevo código, cuya transición culmina en 2027, enfatiza la fe pública judicial. El asentamiento de razón sigue siendo la herramienta para dar certeza a los actos que no ocurren en audiencia oral pero que deben constar en el expediente (ya sea físico o electrónico).
Identificación Oficial y Validación
Se mantiene el uso de la credencial del INE, pero se ha integrado en muchos juzgados la validación biométrica o mediante el código QR de la credencial para asentar la razón de identificación.
Expediente Electrónico 2026
En este 2026, si el juicio se lleva vía Juicio en Línea, esta "razón" puede ser sustituida por un registro digital con firma electrónica (FIREL o e.firma), aunque en procesos tradicionales el acta física con firma autógrafa sigue siendo el estándar.
EL ASENTAMIENTO DE RAZÓN DEBE CONSTAR EN EL EXPEDIENTE PARA SURTIR EFECTOS FRENTE A TERCEROS.
NOTA: Documento estructurado para uso judicial bajo el marco normativo vigente al 30 de enero de 2026.
