En el ámbito inmobiliario, es común que las compraventas inicien con un contrato privado. Sin embargo, cuando el vendedor se niega a formalizar dicha venta ante Notario Público, surge la necesidad de la Acción Proforma. A continuación, presentamos una demanda real para exigir la escrituración y el pago de penas convencionales.
ESTRUCTURA DEL CONTENIDO
§Definiciones Previas
Antes de abordar el modelo, es crucial entender los conceptos legales que sustentan esta demanda:
- Acción Proforma (Art. 27 CPCDF): Es la acción judicial que tiene el perjudicado por la falta de título legal, para exigir a la otra parte que extienda el documento o escritura que ordena la ley.
- Contrato Privado de Compraventa: Acuerdo válido entre las partes donde se pacta precio y cosa, pero que carece de la formalidad de escritura pública exigida para inmuebles.
- Pena Convencional: Es una cláusula accesoria en el contrato donde las partes estiman anticipadamente los daños y perjuicios en caso de incumplimiento (en este caso, los $100,000.00 MXN).
- Otorgamiento de Escritura: El acto formal ante Notario Público que da certeza jurídica y publicidad registral a la propiedad.
§Doctrina Jurídica
La procedencia de esta acción se basa en el principio de que la voluntad de las partes perfecciona la venta, pero la ley exige una forma específica para su plena validez frente a terceros.
"Cuando la ley exija determinada forma para un contrato (escritura pública), mientras que este no revista esa forma no será válido, salvo disposición en contrario; pero si la voluntad de las partes para celebrarlo consta de manera fehaciente, cualquiera de ellas puede exigir que se dé al contrato la forma legal."
— Principio general derivado del Art. 1833 del Código Civil.
§Análisis Técnico del Escrito
El escrito inicial presentado reúne los elementos esenciales para acreditar la acción:
- Identificación: Se demanda a dos personas físicas (copropietarios o cónyuges vendedores) estableciendo claramente los domicilios.
- Objeto Principal: No es la rescisión, sino el cumplimiento forzoso para obtener las escrituras.
- Cumplimiento del Comprador: El actor detalla cómo ha cumplido con sus obligaciones de pago ($180k iniciales + parcialidades), dejando el saldo final ($120k) condicionado a la firma de la escritura, lo cual es una estrategia procesal correcta.
- Prestación Accesoria: Se reclama el pago de la pena convencional por el retraso injustificado de más de 90 días.
§Normas Legales Aplicables
| Ordenamiento / Artículo |
Concepto Aplicable |
| Art. 27 CPCDF |
Fundamento de la Acción Proforma: Derecho a exigir el otorgamiento de título legal. |
| Art. 2248 Código Civil |
Definición de Compraventa: Existe desde que hay acuerdo en precio y cosa, aunque no se haya entregado ni una ni otra. |
| Art. 1792 Código Civil |
Convenio: El acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. |
| Art. 1840 Código Civil |
Pena Convencional: Facultad de los contratantes de estipular una prestación para el caso de incumplimiento. |
§Modelo de Escrito Inicial de Demanda
ACTOR A
VS
DEMANDADO 1 y DEMANDADO 2
JUICIO ORDINARIO CIVIL
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO.
ACTOR A, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, la casa marcada con el número 1234 de la avenida Ejemplo, colonia Modelo, delegación Ejemplodad, código postal 01234, de esta Ciudad de México, autorizando en forma indistinta para tales efectos y en los términos del artículo 112 fracción IV, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, a los C. Lic. Luis Ejemplar Saucedo, quien ejerce la profesión de licenciado en derecho al amparo de la cédula profesional número xxxxxx y María E. López García, quien ejerce al amparo de la cédula número xxxxxx, así como para sólo oír notificaciones y recibir documentos a los pasantes y estudiantes de derecho Ana Pérez Martínez, Juan González Ramírez, Laura Fernández Sánchez y Roberto Méndez Rodríguez, en forma indistinta, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que por medio de este escrito, en la VÍA ORDINARIA CIVIL y en ejercicio de la acción derivada del artículo 27 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a demandar de los C. DEMANDADO 1 y DEMANDADO 2, quienes pueden ser emplazados en su domicilio, ubicado en el departamento número 567, del edificio marcado con el número 6789, de la Avenida Modelo, colonia Ejemplar, código postal 56789, de esta Ciudad de México, Distrito Federal”, las siguientes,
P R E S T A C I O N E S:
a) El cumplimiento del contrato privado de compraventa de fecha catorce de marzo de dos mil dieciocho, denominado por las partes como de promesa de compra venta, respecto del predio ubicado en la calle de Ejemplo número 567, lote 123, manzana 456, colonia Modelo Ejemplar, Delegación Ejemplodad, Código Postal 01234, de esta Ciudad de México.
b) Como consecuencia de lo anterior, el otorgamiento y firma de las escrituras correspondientes ante Notario Público, en los términos a que se obligaron los demandados en las cláusulas segunda, sexta, séptima y novena del documento que me sirve de base a la acción.
c) El pago de la cantidad de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100, M.N.), por concepto de pena convencional pactada por las partes en la cláusula octava del instrumento base de la acción y por el incumplimiento de los demandados a otorgarme las escrituras relativas al predio que señalo en el inciso a) de este capítulo.
d) El pago de los gastos y costas que con motivo de este juicio se lleguen a originar.
Fundo mi acción, en los siguientes puntos de hecho y consideraciones de derecho:
H E C H O S:
PRIMERO.- Con fecha catorce de marzo de dos mil dieciocho, los señores DEMANDADO 1 y DEMANDADO 2, en su calidad de vendedores, y el suscrito, en su calidad de comprador, celebramos contrato privado de compraventa, constante en un instrumento de tres fojas útiles, escritas sólo al frente de sus caras, el cual se adjunta a este escrito como base de mi acción, respecto del predio ubicado en la calle de Ejemplo número 567, lote 123, manzana 456, colonia Modelo Ejemplar, Delegación Ejemplodad, Código Postal 01234, de esta Ciudad de México, el cual tiene una superficie de cuatrocientos ochenta metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias: Al norte, 24.80 metros con el lote uno; Al sur, 22.10 metros con el lote doce; Al oriente 16.01 metros con el lote dos; Al suroriente 6.55 metros con el lote seis, y; Al poniente 26.65 metros, con la calle de Ejemplo.
SEGUNDO.- Como consta en la cláusula segunda del instrumento a que me contraigo en el hecho que antecede, las partes convenimos como precio de la operación, la cantidad de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100,M.N.), los cuales serían pagados por el suscrito a los demandados, de la siguiente manera:
La cantidad de $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100, M.N.), al momento de la firma del contrato base de la acción, importe que entregué en efectivo a los demandados al momento mismo de la firma del instrumento correspondiente, tal y como consta en la cláusula segunda del multicitado contrato.
El saldo, o sea la cantidad de $120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100, M.N.), me comprometí a entregarla a los demandados al momento mismo de la firma de las escrituras correspondientes ante Notario Público, no obstante y a petición de los demandados, con fecha siete de agosto de dos mil dieciocho, les hice entrega de la cantidad de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100, M.N.), tal y como consta en el recibo de esa misma fecha, firmado por el puño y letra del señor DEMANDADO 1; y con fecha veintiuno de septiembre de dos mil dieciocho, les hice entrega a los demandados de la cantidad de $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100, M.N.), tal y como consta en el recibo firmado en esa misma fecha por el puño y letra del señor DEMANDADO 1.
TERCERO.- Como consta en las cláusulas segunda, sexta, séptima y novena, del documento base de la acción, las partes convenimos que los demandados otorgarían en un plazo de noventa días, contados a partir de la firma del instrumento citado, las escrituras correspondientes ante Notario Público y en favor del suscrito o de la persona física o moral que yo designara; sin embargo, los demandados, a pesar de haber transcurrido en demasía el tiempo dentro del cual debieron otorgarme dichas escrituras y a pesar de haber sido requeridos constantemente por el suscrito, se han negado a hacerlo, por lo que resulta procedente la acción que intento en la vía y forma propuestas.
CUARTO.- Las partes convenimos en la cláusula octava del instrumento base de la acción, el pago de la cantidad de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100, M.N.), por concepto de pena convencional con cargo a la parte que no cumpliere, y como los demandados en este juicio se han negado a otorgarme las escrituras correspondientes al inmueble que adquirí, es que les reclamo dicho importe por su incumplimiento.
D E R E C H O:
En cuanto al fondo, son de aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos 1792, 2248 y demás conducentes y relativos del Código Civil para el Distrito Federal, así como el artículo 27 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
El procedimiento a seguir, se encuentra regulado por los artículos 255, 256 siguientes y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de Mexico.
Por lo expuesto,
A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:
PRIMERO.- Tenerme por presentado con este escrito, documentos y copias que acompaño, demandando de los C. DEMANDADO 1 y DEMANDADO 2, el cumplimiento y pago de todas y cada una de las prestaciones citadas en el proemio de este escrito.
SEGUNDO.- Dar entrada a la demanda en la vía y forma propuestas, ordenando se emplace a los demandados en su domicilio, para que en el término de ley, produzcan su contestación.
TERCERO.- En su oportunidad y previos los trámites de ley, dictar sentencia definitiva, en la que se declare la procedencia de la acción que intento y se condene a los demandados al cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones que les reclamo, por así corresponder conforme a derecho y ser de justicia.
PROTESTO LO NECESARIO
México, a 29 de enero de 2026.
§Esquema de los Hechos (Línea de Tiempo)
1
Firma del Contrato: 14 de marzo de 2018. Pago inicial de $180,000.
2
Pagos Parciales: Se adelantaron $50,000 en agosto y $20,000 en septiembre de 2018.
3
Incumplimiento: Vencimiento del plazo de 90 días para escriturar sin respuesta de los vendedores.
4
Demanda Judicial: Se exige la firma forzosa y el pago de la pena ($100,000).
💡Tips Pro para Abogados y Pasantes
- 🚀 Consignación de Saldo: Si bien el contrato dice que el saldo ($120,000 restantes menos adelantos) se paga al firmar la escritura, para que la acción proforma proceda con seguridad, a veces es conveniente exhibir mediante billete de depósito el remanente ante el juzgado para demostrar voluntad de pago total.
- 📂 Litisconsorcio: Nótese que se demanda a "Demandado 1 y 2". Si el inmueble es propiedad de una sociedad conyugal, es obligatorio demandar a ambos esposos; de lo contrario, la sentencia sería inejecutable.
- ⚖️ Pena Convencional: El artículo 1843 del Código Civil establece que la pena convencional no puede exceder el valor de la obligación principal. Aquí la pena ($100k) es menor al valor del inmueble ($300k), por lo tanto, es legalmente viable.
Nota Legal: Este formato es una guía académica para estudiantes y profesionales del derecho sobre la estructura de una demanda de otorgamiento y firma de escritura.