✅ Modelo de diligencias de jurisdicción voluntaria: Información Ad-perpetuam
Información Ad-Perpetuam
Jurisdicción Voluntaria | Posesión Vehicular | Ciudad de México 2026
ÍNDICE CONTENIDO
I. Conceptos Jurídicos Fundamentales
Información Ad-Perpetuam
Procedimiento de jurisdicción voluntaria que tiene por objeto justificar un hecho o acreditar un derecho ante la falta de documentos originales o para perpetuar la memoria de los mismos.
Prescripción Positiva (Usucapión)
Medio de adquirir la propiedad de bienes muebles o inmuebles mediante la posesión por el tiempo y con las condiciones establecidas en la ley (pública, pacífica y continua).
Justo Título
Acto jurídico que transfiere la posesión con ánimo de dominio, el cual se presume existente en la prescripción de buena fe.
Jurisdicción Voluntaria
Intervención del juez en actos donde no existe litigio entre partes, pero que requieren de una declaración judicial para surtir efectos legales.
II. Normas Jurídicas Aplicables
Artículo 1151 - Código Civil CDMX
Establece los requisitos de la posesión para que sea apta para prescribir: concepto de dueño, pacífica, continua y pública.
Artículo 1153 - Código Civil CDMX
Determina que los bienes muebles se prescriben en tres años cuando son poseídos con buena fe, de manera pacífica y continua.
Código Nacional de Procedimientos Civiles
Marco procesal vigente que regula la sustanciación de las diligencias de información testimonial y jurisdicción voluntaria.
III. Descripción del caso
El ciudadano Leonardo Méndez Alarcón promueve diligencias para acreditar la propiedad y posesión de un vehículo Toyota RAV4 2018. El promovente adquirió el bien en 2022 y mantuvo la posesión continua; sin embargo, debido al extravío de la factura original por parte de un tercero (gestor), requiere la declaración judicial de propiedad por prescripción adquisitiva de buena fe.
IV. Escrito Procesal
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO
P R E S E N T E
LEONARDO MÉNDEZ ALARCÓN, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el despacho marcado con el número 502 de la Avenida Juárez de esta ciudad, y autorizando para tales efectos a los C. LIC. ROBERTO GALVÁN SOTO y LIC. LAURA RIVAS MEZA, ante usted respetuosamente comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito y en vía de Jurisdicción Voluntaria, vengo a promover Diligencias de Información Ad-Perpetuam con el objeto de acreditar lo siguiente:
a) La existencia de un vehículo que se identifica como sigue: marca TOYOTA, modelo RAV4, año 2018, color GRIS OXFORD, con número de serie 4T1BK1EB7JU098765 y número de registro (placas) ZXC-889-B.
b) La posesión que de dicho vehículo tengo desde hace más de tres años en forma pacífica, pública, continua, de buena fe y en concepto de propietario, condiciones todas que hacen operar la prescripción a mi favor sobre dicho mueble.
c) Se me declare, en consecuencia, propietario del mencionado mueble por haberse cumplido los requisitos y las condiciones que señala la ley para que opere la prescripción en mi favor.
d) Se acredite el extravío de la Factura o título original de propiedad respecto de dicho vehículo.
Fundo mi promoción en los siguientes hechos y consideraciones legales:
HECHOS:
En el mes de febrero de 2022, adquirí por medio de un contrato de compraventa a un particular la camioneta marca TOYOTA, modelo RAV4, color GRIS OXFORD, 5 puertas, con número de serie 4T1BK1EB7JU098765 y número de registro ZXC-889-B.
Que aproximadamente en el mes de noviembre de 2025, le entregué los documentos originales que acreditan la propiedad del vehículo descrito con anterioridad a un gestor administrativo para que realizara los trámites de renovación de placas y pago de derechos.
Posteriormente, al solicitarle la devolución de dichos documentos, el gestor manifestó que ya no los tenía en su poder debido a que se le habían extraviado durante un traslado. Es por lo que me veo precisado a promover las presentes diligencias con el objeto de acreditar la propiedad y posesión del bien, ante la falta de título original.
Por lo antes expuesto, a usted C. JUEZ, atentamente solicito:
PRIMERO.- Se ordene la radicación de las presentes Diligencias de Información Ad-Perpetuam.
SEGUNDO.- Se tenga por ofrecida la PRUEBA TESTIMONIAL a cargo de un grupo de dos personas, solicitando se señale día y hora para la recepción de dicha prueba, a fin de acreditar los hechos de la posesión y el extravío documental.
ATENTAMENTE
Ciudad de México, a 30 de enero de 2026.
LEONARDO MÉNDEZ ALARCÓN
V. Sustento de Doctrina
"La información ad-perpetuam cumple una función social de seguridad jurídica, permitiendo que quien ha cumplido con los plazos de posesión pero carece de título formal, obtenga un documento auténtico que supla la deficiencia y sirva de base para el registro administrativo."
VI. Jurisprudencia
Registro: 164,229
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIENES MUEBLES. EL TÉRMINO DE TRES AÑOS OPERA ANTE LA BUENA FE.
Basta acreditar la posesión en concepto de dueño y la causa generadora de la misma para que, transcurrido el plazo trienal, se declare la propiedad por usucapión.
Registro: 202,341
INFORMACIÓN AD-PERPETUAM. ES LA VÍA IDÓNEA ANTE EL EXTRAVÍO DE TÍTULOS DE PROPIEDAD VEHICULAR.
Ante la imposibilidad de recuperar la factura original, la sentencia dictada en jurisdicción voluntaria constituye un título supletorio suficiente para trámites ante autoridades de tránsito.
VII. Esquema del Escrito
FLUJO PROCESAL ESTIMADO:
1. Radicación: Presentación del escrito y admisión por el Juez de lo Civil.
2. Desahogo Testimonial: Declaración de los testigos sobre la posesión y el extravío documental.
3. Publicaciones: En caso de que el Juez lo considere necesario, se publican edictos para convocar a terceros con derecho.
4. Resolución: Sentencia que declara al promovente como propietario por prescripción positiva.
5. Trámite Administrativo: Presentación de la sentencia ante SEMOVI para la expedición de nueva tarjeta de circulación y registro.
1. Radicación: Presentación del escrito y admisión por el Juez de lo Civil.
2. Desahogo Testimonial: Declaración de los testigos sobre la posesión y el extravío documental.
3. Publicaciones: En caso de que el Juez lo considere necesario, se publican edictos para convocar a terceros con derecho.
4. Resolución: Sentencia que declara al promovente como propietario por prescripción positiva.
5. Trámite Administrativo: Presentación de la sentencia ante SEMOVI para la expedición de nueva tarjeta de circulación y registro.
EL PROCEDIMIENTO REQUIERE QUE EL VEHÍCULO NO CUENTE CON REPORTE DE ROBO VIGENTE, YA QUE LA MALA FE ANULA EL PLAZO DE TRES AÑOS.
NOTA LEGAL: Este documento tiene fines informativos. El éxito de la diligencia depende de la solvencia de los testigos y la comprobación de los números de identificación vehicular (VIN).
